Descuento tributario hasta del 25% del valor donado en dinero o en especie: Según el artículo 257 del Estatuto Tributario, las donaciones efectuadas, en este caso a nuestras causas y programas, darán lugar a un descuento del impuesto sobre la renta y complementarios, equivalente al 25% del valor donado en el año o período gravable. Para obtener este beneficio, al realizar tu donación expediremos un certificado de donación con el cual podrás aplicar a dichas deducciones o descuentos. (Para este certificado es necesario conservar factura del bien o constancia de transferencia).
Contribuyes a una Fundación Social sin ánimo de lucro, ayudándonos a llevar a cabo programas y proyectos de bien social.
Reconocimiento a las personas, empresas y entidades vinculadas en nuestros proyectos y programas.
Reconocimiento como una persona o una empresa solidaria.